CAUSA CXXII
Dun Elías Godoy rontra Don Dermidio Carranza, por rabro de daños y perjuicios; sobre renuncia de poder, Sumario. — El apoderado sustituto que renuncia el poder, cesa en su representacio: despues de haberse hecho saber la renuncia al sustituyente, y haber vencido el término de la citacion ú éste.
Caso.— Despues de resueltos los incidentes sobre falta de personería, y otras excepciones en la causa de Godoy contra Carranza, segun los fallos de la Suprema Corte de 6 de Abril de 1889. y 2 de Abril de 1891, el Señor Olivera apoderado sustituto de Carranza pidió se declarara cesante su representacion en virtud de haber renun" ciado el poder, y de haberse hecho saber la renuncia al sustituyente D. Odilon Lamas con término de 15 días,
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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:192
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-48/pagina-192
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