Por tanto, V. S. se ha de servir no hacer lugar, con :
costas, 4 lo que se solicita en el escrito cuyo traslado dejo contestado.
Es justicia, ete.
ArelinoRolon.
Auto del Juez Federal Y Buenos Aires, Agosto 13 de 18591.
Y vistos: Por las consideracionos aducidas en el precedente escrito, no ha lugar á la revocatoria solicitada, y se concede en relacion el recurso de apelación interpuesto, debiendo elevarse los antos i la Suprema Corte en la forma de estilo.
Andres Ugarriad.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 25 de 181, Vistos: Estando ejecutoriado el auto de foja 70. por el que se declaró de cargo del actor los honorarios reclamados y se denegó la retención de las mercaderías embargadas: se confirma con costas el auto apelado de foja 73 vuelta; y repuestos los sellos, devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA:— C.-S. DE
LA TORRE. — ABEL Bazan.
a
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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:64
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