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Fallos: 47:532 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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52 FALLOS DE 'A SUPREMA CORTE por fin ni por efecto obstruir la inscripcion de ciudadano alguno ni que por tal medio hayan quedado personas sin inscribirse, no ha podido ejercer influencia alguna sobre el resultado de la inscripcion ni puede crear responsabilidades penales para sus miembros.

Por estos fundamentos y los contenidos en la precedente vista del señor Procurador General, se revoca la sentencia apelada de foja catorce y se declara ú los acusados libres de responsabilidad en esta causa; y devuélvanse.


BENJAMIN VictorIca.—C. S. DE
La Torre, —Leis V. VARELA, —ABEL Bazan.

pun E A.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:532 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-532

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