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Fallos: 47:110 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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110 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 6 en su defecto el abandono del inmueble á que se rehiere a escritura de foja 28, con arreglo á lo dispuesto por el artículo 3103 del Código Civil; librándose los oficios correspondientes al señor Gobernador y al Fiscal de Estado de la mencionada provincia. — Repóngase el papel.


BENJAMIN VICTORICA. — C. S. DE
LA TORRE. — ABEL Bazan. — Luis SAENZ PEÑA.

CAUSA El Don Juan Manuel Coll contra don Juan Gideken, sobre entrega de un terreno locado y cobro de arriendos y deterioros.

Sumario.—Desocupado y puesto el terreno á disposicion del locador oportuna y debidamente, el locatario no está obligado ú hacer entrega de úl, ni á pagar ara

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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:110 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-110

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