escritura del mandato de fojas... que don German Kohn se halla investido de poder en forma para representar ú la empresa demandante en el presente juicio, pues además de las cláusulas generales que en aquella se contienen, se encuentra expresamente consignada, la facultad de comparecer como actor ó demandado en todo asunto que se relacione con intereses originados por razon de transporte de carga, y la presente causa versa precisamente sobre cobro de cantidades procedentes de transporte de carga para el Ferrocarril Trasandino.
4". Que por lo que hace á la tercera, ó sea sobre la incompetencia de jurisdiccion, tampoco es ella procedente, desde que la demanda versa sobre un contrato de transporte, cuyo cumplimiento debía efectuarse en esta ciudad, circunstancia que por si sola establece la jurisdiccion de este Juzgado, aunque se trate de una obligacion meramente personal, como se alega.
5. Que es un principio de derecho que el lugar elegido para la ejecucion de un contrato causa domicilio especial para todo lo relativo 4 él y á las obligaciones que cansare; doctrina que además se halla tambien sancionada por diversos fallos de la Suprema Corte; y en el caso, tratándose de un contrato de la naturaleza del expresado, es evidente que el lugar en que debe efectuarse su cumplimiento causa domicilio especial en lo relativo á las obligaciones de él resultantes, 6", Que, por otra parte, los señores Clark y Cía, como concesionarios y constructores del Ferrocarril Trasandino, tienen sn Administracion en esta ciudad, segun es público y notorio; y su Administrídor, el señor Rosas, se halla tambien domiciliado en ella; en cuyo caso el domicilio de la empresa demandada es, 4 los efectos
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:360
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