señores Leonidas Gonzilez y Luis Zeballos, ambos vecinos, mayores de edad, y hábiles para el acto, á quienes doy fé conocer. Sigue dotro poder que da don Jaime Capmany ú favor del doctor don Raimundo Wilmart.
Antes de firmar dijo el señor Roberts, que apodera tambien al señor Kohn, para que represente á la em.
presa en todo juicio ante la Justicia de Paz en que la Administracion sea parte como actora ó demandada y firmó previa ratificacion con los testigos ya nombrados.
— William Roberts, — Luis Zeballos. —L. González. — Ante mí: Juan N. Godoy, Secretario Nacional. — Es copia tiel del original fecha ut supra. — Hay un sello.— Juan N. Godoy, Secretario Nacional, — Es copía conforme con la mandada desglosar.— Mendoza, Abril digo Febrero cinco de mil ochocientos noventa y uno.—Juan N.
Godoy.
El Juez hubo por acreditada su competencia y corrió traslado de la demanda á don Emilio M. Rozas como representante en Mendoza y Administrador del Ferrocarril Trasandino.
El mencionado Rosas se presentó exponiendo: Que él no tiene poder de Clark y Cia. para representarlos en juicio. ni instrucciones de ellos con relacion á pleitos.
Que aunque la Ley de Procedimientos no enumera entre las excepciones la falta de personería del demandado, lo cierto es que el demandante que se empeña en seguir un juicio con quien no tiene poder para representar al demandado, incurre en nulidad y debe ser condenado en costas, daños y perjuicios, Que aunque tuviera poder de Clark y Cia., para el juicio, no podría ser obligado ú aceptar y seguir el que se promueve y bastaría su resolucion negativa para que un actor razo
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:357 
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