Caso. — Lo explica el Failo del Juez Federal Huenos Aires. Agosto - de 1801, Vista nuevamente la solicitnd de extradicion presentada por el señor Ministro Plenipotenciario del Imperio Aleman, contra el detenido Adolfo Winkelmann, acusado de quiebra fraudulenta y uso fraudulento de firmas, en documentos entregados al comercio, como miembro de la Junta Directiva de la sociedad, por acciones denominada «Leipziger Discontegesellschaft», Vistos los documentos presentados y demás antecedentes de la causa, así como la declaracion del detenido, corriente á foja...., Y considerando: 1° Que el pedido anterior de extradicion presentado por el señor Ministro plenipotenciario de Alemania, con fecha 17 de Marzo de 1890, por intermedio del Departamento de Relaciones Exteriores, fué desestimado por deficiencia de los documentos exigidos por el artículo 651 del Código de Procedimientos en lo criminal con que se acompañaba la solicitud, notándose la falta de un testimonio literal del auto que decrete la solicitud de extradicion expedido por la autoridad judicial competente del país requirente.
2" Que esa omision ó deliciencia ha sido salvada con la presentacion del documento de foja 69, el cual es copia literal de la resolucion expedida y firmada por el Juez de Instruccion del Tribunal Real de Sajonia, contra cuya competencia no se ha hecho observación alguna, para tratar de conseguir de quien corresponde el otorgamiento de la extradición del acusado Adolfo Winkelmann, y solicitar, romo por ella se solicita, del
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Año: 1891, CSJN Fallos: 46:229
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