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Fallos: 45:82 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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82 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Pidió que se exonerara 4 éste de la demanda y se declarara que el choque y sus consecuencias son ú cargo exclusivo del pailebot, así como los gastos que se Casen, Abierta la vausa á prueba por los dos árbitros señores Siehes y Folgueras, se recibieron las que las partes presentiron; y habiendo ocurrido discordia entre aquellos, convocaron al tereero para Jaudar formando tribunal.

La mayoría de los árbitros compuesta del tercero y del designado por la parte de Catoni, dicto el siguiente:

tai DO Buenos Arres, Mayo 25 de INN, Visto el presente juicio arbitral, seguido entre don José Catoni, propietario del p.ilebot -Felizdel Piatas, y el capitan «tel vapor brasilero -Camilos, para huudar, formando tribunal con los árbitros señores Siehes y Folgueras, en virtud de la discordía veurrida entre estos, de acuerdo con las bases establecidas en el compromiso arbitral de foja 14, Resulta de autos: 1 Que en la madrugada del dia 12 de Febrero, de cuatro á cuatro y media antes de meridiano, haltin=dose el referido pailebot fondeado en la rada ú la entrada de este puerto, con carga recibida el día anterior de los vapores ingles «Culabrias y francés «Paraguay», fué embestid: por el vagon «Camilo> en viaje de Montevideo ú Buenos Aires en su e Estado de babor un poco hácia popa, de enyas resultas el pailebot pasó á pique como quinee minutos despues con todo su cargamento, salvindose la tripulacion en una embarcacion que le presto inmediato auxilio, 2 Que segun el compromiso arbitral, el tribunal debe de

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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:82 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-45/pagina-82

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