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Fallos: 45:346 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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e is "a O - " 2 E | 346 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE cientos catorce de la ley de Procedimientos, declárase desierto el recurso de apelacion interpuesto.

Repuestos los sellos, devuélvanse, .


BENJAMIN VICTORICA. — LUIS

V. VARELA. — ABEL BAZAN.
—LUIS SAENZ PEÑA.


CAUSA COLX XIX
P Petrona Diaz de Bedoya contra don Felipe Recalde (su sucesion), por reivindicación de un campo; sobre prórroga de término para alegar.

Sumario.—El auto negando prórroga de término para alegar sobre el mérito de la prueba, no es apelable, Caso.—Vencido el término de prueba y agregada la producida por ambas partes, la demandada se presentó exponiendo:

Que el doctor don Venancio Lopez, abogado que la había patrocinado, estaba en vísperas de ausentarse al Paraguay llamado e

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45

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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:346 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-45/pagina-346

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