eoneedio la fraccion lindando con el fondo hasta la ribera del Paraná, compuesta de 77,493 varas cuadradas, cuya conecsion hacía por ereer así cumplir la cláusula estipulada, por hallurse este terreno entre el ya adquirido por Hiel y la ribera del Paraná; pero que de ninguna munera se comprende en la cláusula referida el derecho de los demandantes 4 adquirir por el mismo precio, los sobrantes de los costados del terreno poseido por aquellos, como lo pretende demostrar en las consideraciones que hace.
3 Que corrido traslado de este escrito y documentos acom= pañados á los demandantes; estos contestaron por el escrito de foja 81, sosteniendo su derecho alegado en la demanda, " Y considerando: 17 Que dados los términos de la demanda y contestacion, queda la cuestion reducida á la fijacion del alcaner que debe Jarsele á la cláusula establecida en favor de los demandantes en la escritura de foja 1".
2- Que los términos de la elánsala en enestion al emplearse en ellas las palabras eexceso de terreno», demuestra claramente, que al acordarse al comprador ese derecho e le hacía lógicamen= te,sin restriccion de rumbos, tratándose de terreno municipal, y la Jimitacion hasta Jindar con la ribera del Paraná, debe entenderse por lo tanto por tola la extension del terreno concedido, 3 Que no puede alegarse reserva por parte de la Municipa= lidad, desde que la concesion se ha hecho sin más condicion de que si hubiere sobrante, y por lo tanto no puede interpretarse esa cláusula restrictivamente como lo pretende, pues aun cuando ella cause hoy lesion enorme al Fisco Municipal, ha podido ser legítimamente establecida desde que no se hería ni lesionaba ningun derecho privado, 4" Que se ha alegado por parte del demandante la posesion del terreno cuya escrituracion pretende, cuya posesion no ha sido contestada ó negada por la Municipalidad, ni siquiera ha alegado que la haya interrumpido ó estorbado,
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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:154
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