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Fallos: 45:130 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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con fecha veinticinco de Abril próximo pasado, en los casos de la Empresa del Ferrocarril del Oeste contra los doctores Matienzo, Sosa y Revilla: se declara no haber lugar al recurso de ape— lacion interpuesto y devuélvanse al Juez de Seccion los autos, agregándose estas actuaciones.


BENJAMIN VICTORICA.—C. S. DE
LA TORRE.—LUIS V. VARELA.—

ABEL BAZAN.


CAUSA CONXXNVIIL
D. Santiago Yox, contra D. Anselmo Caleo; sobre interdicto de despojo Sumario.—Procede el interdicto de despojo contra el autor de los actos de turbacion, aunque los haya ejecutado en nombre de otro.

| Caso. —Lo explica e Es _

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Año: 1891, CSJN Fallos: 45:130 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-45/pagina-130

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