Quela buena fé comercial, y la práctica demuestra que cuan- ! do A, á cuyo favor otorga B un pagaré, lo descuenta en el Banco Nacional, y B no lo paga á su vencimiento, A para evitar un protesto lo paga, persigue á B ante los Tribunales sin más antecedentes que los de esta causa.
Fallo del Juez Federal Corrientes, Enero 21 de 1891.
Y vistos: Estos autos iniciados y seguidos por Don Augusto , TL, Alsina en representacion de los señores Alfonso Guerdile y Cataldo Biondi, contra los señores Miguel F. Garrido y José Francisco Garrido, demandando ejecutivamente el pago de la suma de dos mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos con setenta y cuatro centavos nacionales de curso legal, en virtud del pagaré á la órden de foja 4 otorgado por stos, exponiendo: que el pagaré presentado constituye relativamente ú cada uno de los firmantes una obligacion distinta y personal y son solidariamente garantes y obligados á su paro con los intereses, y todas las costas; que por consiguiente sus representados, pueden dirigir su accion directa contra cualquiera de los firman- :
tes, y queestando ausente Don Miguel Garrido, y sin perjuicio de las acciones que contra él tienen, viene en nombre de sus representados, á requerir a Don «josé Francisco Garrido el pago del capital adeudado, sus intereses y las costas del juicio; que como el protesto no fué notificado personalmente, álos deudores, pedía que el señor Garrido reconociera judicialmente la firma que suscribe dicuo pagaré para preparar la «cción ejecutiva.
Ese reconocimiento fué hecho por el señor José Francisco
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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:365
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