cuentas rendidas no resulta, y para pedir ese salde entabla nueva accion, Que de esa accion debió darse traslado, siguiéndose la causa por la vía ordinaria, comolodice Castro, número 498; y esc tras= lado no babía sido conferido, produciéndose usí una nulidad insanable, segun las leyes 15, título 22, Partida 3" y 5, título 26, Partida 3", que procede de la falta de la litiscontestacion; por lo que pedía se anulase tolo lo obrado desde la demanda y se le corriese traslado de ella, concediéndole en caso contrario los recursos de apelación y nulidad que interponía subsidiaria» mente.
Fallo del Juez trederal Corrientes, Febrero ¿4 de INUI Vistos y considerando: Que la parte de ledoya presentó ú foja 46 la lista de testigos para ser examinados el día que se venció el término de piueba, acordado por auto de foja 39 vuelta; y de ucuerdo con la jurisprudencia uniforme y constante de la Suprema Corte, como puede verse en los fallos, série segunda, tomo $1, página 99; séric primera, tomo 7, púgina 205; se deja sin efecto la providencia de fuja 46 vuelta, en la parte que manda recibir las declaraciones de dichos testigos, declarándose que en esa fecha era ya improcedente su presentacion.
Que la peticion que hace la misma parte del señor Bedoya para que se declarase la nulidad de todo lo obrado desde foja 32 vuelta, por no habersele corrido tras'ado del escrito de foja 32, importa un verdadero recurso del auto de prueba que se dicta en suconsecuencia, auto que fué consentido por el señor Bedoya y ejecutoriado, presentándose en su virtud, por ambas partes, las pruebas de que instruyen los autos. Que por consi
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Año: 1891, CSJN Fallos: 44:180
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