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Fallos: 42:20 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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el mismo partido de Naschel de dos fracciones más de campo :

una, á título de propietario, segun los títulos que presentaba, y una fraccion fiscal que tenía solicitada en compra desde tiempo atrás al Gobierno de la Provincia, conocida por « El Balde ».

Falle del Juez Federai.

San Luis, 23 de Abril de 1889, Y vistos: el interdicto de obra nueva promovido por el apoderado de Doña Mercedes S. de Levingston contra D. Ramon S. Varela del que resulta :

4 El demandante funda su accion en que dentro del campo de «la Estanzuela », de propiedad de su representada, y en el lugar denominado « Cañada Grande», partido de Nuschel, departa merto Chacabuco, el señor Varela construye 6 estú haciendo construir un rancho habitacion, con el designio de instalar un capatos, para el cuidado de sus ganados, que tambien ha introdncido allí; — cuyos hechos constituyen verduderos actos posesorios quese pretende consumar con menoscabo de los derechos de propiedad y posesion de su legítimo dueño, el cual los ha ejercido y los ejerce actualmente sobre el expresado inmueble.

2" De la prueba documental y testifical rendida por su parte, se constata lo siguiente: 1° Que el terreno donde se hace la obra nueva, quedó comprendido dentro de los límites del campo de «la Estanzuela», en la mensura practicada en 1887 pur el agrimensor O. F. Agardh, aprobada judicialmente por auto de fecha 3 de octubre del mismo año en su parte técnica 6 facultativa y sin perjuicio de tercero, segun resulta de la dilingencia

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Año: 1891, CSJN Fallos: 42:20 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-42/pagina-20

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