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Fallos: 41:80 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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7" Para hacer la avaluacion, no solo he tenido en cuenta el valor real del terreno á expropiarse, sinó tambies: la depreciacion de la parte no expropiada, He procedido en este caso con arreglo á la ley general de expropincion de 13 de Setiembre de 1866, cuyo artículo 16, oportunamente citado por V. S., estatuye con claridad el principio que rige la materia, cundo dice: la indemnizacion deberá romprender todos los gravámenes ú porjuicios que sean consecuencia forzosa de la expropiacion, tales como el valor del terreno ó edificio, plantaciones, depreciación por fraccionamiento, ete, 8° He tenido tambien presente las actuales circunstancias, pues, es un hecho, Sr, Juez, que han disminr1o los valores, territoriales, Á causa de la crisis porque atravesamos. En este sentido he aplicado e! principio de que para casos de expropia= cion debe tenerse en cuenta el valor uctual y no el pasado ni el futuro.

9' He procurado, en un todo, conforme el artículo 16 de la ley de expropiacion ya citada, proceder ú fijar el justo precio con toda in Jependencia, teniendo en cuenta el valor real y las indemnizaciones legales.

10' Respecto ú la constancia que queda en el acta levant da por el secretario Sr, Barros, de 1os perjuicios que dice el Sr. Molina se le irrogan, debo entrar á considerarlos, en cuanto ú su avaJuacion, desde el momento que han sido sometidos á un fallo pericial en todo, De lo que me ocuparé en su tiempo, haciéndolo ahora en la parte que considero principal: el valor de la tierra, 44" He hecho la avaluacion por hectárea y no por cuadra cuadrada, como los peritos Beeco y Salas, fundindome para ello, en que tratándose deun asunto judicial no deben adoptar se otras medidas de superficie, que las ordenadas por la ley, y esta solo reconoce como tales las del sistema métrico decimal.

Es sabido, por otra parte, que la cuadra cuadrada de que se habla cn los informes periciales tiene por unidad de medida la

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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:80 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-80

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