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Fallos: 41:258 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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Que por esto, es injusto que «1 Sr. Lorenzo soporte los gastos del pleito temerario que le promovieron los señores Logan Beatty y C°, y es justo al con'rario revocar la sentencia, recibiéndose la causa á prueba para justificar los hechos espuestos, Conferido traslado, los señores Logan Beatty y C°, dijeron; Que para confirmar la sentencia del Juez a quo, nose necesita sinó conoser los antecedentes de los autos caratulados « Login Beatty contra Bonorino por venta de té falsificado » que corren por el Juzgado del Juez Dr, Ugarriza, secretaría del Dr. Tedin, Que en ellos se verá que los señores Logan Beatty, procediendo progresivamente, primero contra el señor Bonorino, despres contra el señor 1), Jusé Lorenzo y despues contra la casa de remate Gowland y C", se valieron, para descubrir al verduero culpable, de las varias demandas contra los circuladores de la mercadería adulterada, y desistiendo de ellas con la plena autorizacion del artículo 31 de la ley de Marcas de Fúbrica y de Comercio, Que la demanda intentada contra 1), Juse Lorenzo, fué justilicada por los cargos que pesaban contra él, y que los gastos de abogado y del papel sellado fueron justamente soportados por el mismo D, José Lorenzo, para esplicar sus procederes, vendiendo una mercadería con marca falsificada.

Que la facultad de desistir de la demanda, debe librar al demandante de las consecuencias de ella, pues de otra manera esa autorizacion sería trivial é irrisoria.

Que en juicios de otra índole, cualquiera demandante, desistiendo de su accion, puede quedar sometido á las consecuencias de su temeridad y mala fé; pero que lo mismo no puedo suceder enel caso presente, por la justificada razon de la demanda, y por la autorizacion de la ley de Marcas, que libra á los demandantes de turla responsubilidad.

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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:258 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-258

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