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Fallos: 41:246 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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despues de impartir lus órdenes necesarias para que continúen los trabajos del puente, dejando así sin efecto la órden espedida por él para su suspension; todo ello con emplazamiento para que se espida dentro de tres dias de recibido del despucho.

Agregó: que si para proveer de conformidad á lo solicitado, se creyese conveniente que la empresa deposite en el Banco Nacional una suma de dinero que garanta el valor del terreno reclamado por Claverie, determinará el Juzgado su monto para hacer el depósito en seguida.

El Juez mandó para mejor proveer, y de acuerdo con lo dipuesto en el artículo 4" de la Ley nacional de Expropiacion, que la empresa consignara el valor en que aprecia la zona de terreno materia del litigio.

En consecuencia, la empresa depositó en el Banco Nacional úá la órden del Juez, 3000 pesos m/n, tomando por base el precio de 50 centavos el metro cuadrado que se le abonóá Claverie por el terreno lindero con el rio Salado, Fallo del Juez Federal Rosario, Octubre 25 de 1890.

Por hecha la consignacion del valor apreciativo del área de terreno á que se refieren estos obrados; en su consecuencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4 y 21 de la Ley nacional de Expropiacion, dése á la empresa espropiante la posesion del bien raiz materia del litigio, debiendo el expropiado, si no estuviese conforme, concurrir á la audiencia que tendrá lugar el tercer dia hábil posterior ú los treinta que se le han señalado para su comparencia en este juicio. A sus efectos, lí

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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:246 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-246

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