disposicion del artículo ciento sesenta y scis del Código de , Comercio vigente á la época de los hechos que han dado lugar 4 esta causa, como la doctrina del artículo ciento setenta y uno del mismo Código: se confirma con sostas dicha sentencia, recomendándose al Juez de Seccion cuide de no dejar en blanco en sus decisiones, las citas de las disposiciones legales á que se refiera. Repónganse los sellos y devuélvanse.
BENJAMIN VICTORICA. — FEDERI-
CO IBARGÚREN. — C. 5. DE LA
TORRE. — ABEL BAZAN.
CAUSA CXVII
Criminal, de estradicion, contra Mario Brun y Cárlos Sartoris Sumario. — A falta de tratados, la estradicion solo puede pedirse y otorgarse por la vía diplomútica, con arreglo al procedimiento y condiciones establecidas en el Código de Procedimientos en lo Criminal, y faltando alguna de cilas, no debe ser concedida.
Compartir
53Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1890, CSJN Fallos: 40:92
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-92
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 40 en el número: 92 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos