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Fallos: 40:369 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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Argañarás agregó que nosabía si fuera de su hacienda y de la de Chaves se recibía otr; hacienda, y que la suya la puso en invernada hará cuatro meses más ú menos (declaró en 5 de Junio de 1889).

Pruebas del demandado 1" Un interrogatorio de 14 preguntas útiles ú cuyo tenor deelararon los testigos Pedro P. Diaz, Julian Ruiz y Santiago Bracamonte.

2' pregunta: Diga el testigo Diaz si es cierto que fué á traer del establecimiento e Rincon » dos animales para carne, y recibió toda la hacienda de Chaves entregada por el capataz del establecimiento Santiago Bracamonte.

Diaz contestó que fué ú traer dos animales y que entúnces DBracamonte le contestó que iban ú entregar todo, 3" Diga el mismo sies cierto que despues de recibir la hacienda la condujo al pueblo

Contestó que es cierto, 4" Diga el mismo si es cierto que encerraron la hacienda en el corral que Chaves tenía destinado ú este fin.

Contestó que es cierto.

5° Diga si es cierto que esa misma tarde se trasladaron él y Bracamonte á Santiago á comunicar á Chaves el recibo de toda la hacienda y su colocacion en el corral del pueblo La Banda.

Contestó que es cierto.

6' Diga si es cierto que Chaves se mostró conforme y dió lus gracias á Bracamonte por su ayuda, diciendo al declarante que le buscara otra persona que le ayudara á carurar, Contestó que la primera parte es cierto y la segunda no, porque tenía un peon.

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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:369 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-369

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