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Fallos: 40:366 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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— 3 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E Que al 1ecibir esa carta se vió con Don Julio Voget (gerente del Banco) manifestándole estrañeza por la disposicion, y aquel E le contestó que había resuelto sacar toda la hacienda, porque el establecimiento estaba recargado, y que tenía cuatro dias para buscar donde colocar la suya ; Que el mismo dia que habló con Voget el capataz 6 mayordomo había sacado la bacienda, y la mandó á casa y no habiendo quien la recibivse, la encerró en un corralito inservible que había y la dejó; L Que esa misma noche la hacienda se fué y tomó el campo; Y Que por dos dias contínuos hizo diligencias para encontrarla, | y solo encontró cuatro animales, habiendo quedado perdidos 16.

En virtud de estos hechos demandó á Don Julio Voget administrador del establecimiento « Rincon » por los daños causados, de conformidad á los artículos 4418 y 1122 del Código Civil y y pidió se le condenara al pago del valor de los novillos perdidos á razo de 40 pesos cada uno, y de los daños y perjuicios que oportunamente formularía.

Acompañó á la demanda la signiente carta :

Rincon, 14 de Abril de 1889, Señor Don Santiago.

Muy amigo mio:

Como recibido órden desde Don Julio Boget por retirar todas las haciendas ajenas desde el establecimiento sin escepcion alguna. Entonces yo mandado Bracamonte por dar Vd. la aviso.

Como él anda los animales y yo no tengo algo con este departamento del Ingenio yo no sé qué por hacer. S. S. amigo Juan Stopfath.

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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:366 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-40/pagina-366

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