Caso. —El Dr, D. Antonio M. Silva entabló contra D, Vicente Craviotti interdieto de amparo de posesion respecto de un terreno que posela en el partido del Baradero.
El interdicto fué fallado por el Juez ad hoc Dr. D. José O, Machado, mandando poner en posesion a! Dr. Silva del campo comprendido en el triángulo H E J del plano de foja 21 del espediente agregado, y ordenando 4 Craviotti se abstenga de ing uietarle.
La Suprema Corte confirmó esta sentencia con fallo de 26 de Julio de 1886.
Devueltos los autos, fueron pasados al Juez Federal especial Dr. Cabral, pasando en seguida al Dr. O'Farrell.
Don Cárlos Hudtwalker, apoderado de Craviotti, manifestó que éste había fallecido, que su noder había caducado, y los autos debían remitirse al Juez de la testamentaría por la universalidad del juicio que atraía todos los asuntos en que la sucesion era demandada.
Se remitió la partida de defuncion de Craviotti sucedida en 15 de Junio de 1884.
Don Fernando Bourdieu, por D. Emilio Genoud, dijo que Craviotti había fallecido dejando dos hijos, doña Agustina esposa de Genoud, y D. Lorenzo ; que éste había fallecido tambien dejando á su viuda doña Angela Genoud y un menor llamado Vicente.
Que era indispensable notificar á éstos y al Ministerio de Menores, y que el Juzgado debía declararse incompetente ¿ara seguir conociendo en el juicio, por tratarse de una demanda contra una testamentaría, debiendo ordenarse la remision de los autos al Juez de la testamentaría.
Conferido traslado, el Dr. Silva dijo que ya el apoderado Hudtwalker había pedido ála Suprema Corte que se notificase Á los herederos de Craviotti, y su pedido fué rechazado por estar bien notificada á él la sentencia.
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Año: 1890, CSJN Fallos: 40:277
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