2" Si la casa P. Omarini y C° facilitó á Bustos y Lopez 3200 pesos nacionales.
C. Que lo que había era que un pagaré del valor de 3200 pesos firmado por Bustos y Lopez fué entregado ú los encargados Pedro Liberani y C" en 8 6 9 de Enero de este año, provenientes de la compra que estos hicieron de 8 carros y 40 mulas ú su deudor Pavetta, acreditando la casa de Omarini ú este el importe de esos carros y cuyo importe mismo cargaron en la cuenta de sus encargados, los compradores, 3' Si los 3200 pesos fueron prestados á Bustos y Lopez para comprar á Pavetta 10 carros y 40 mulas.
C. Se refiere á lo declarado.
4" Si Bustos y Lopez efectuaron esa compra, y la casa de Omarini y C° pagó á Pavetta la suma de 3200 pesos nacionales.
C. Se refiere á lo declarado.
5' Si Lopez y Bustos tienen firmada por los 3200 pesos una letra á la órden de P. Omarini y C".
C. Que es cierto y la tiene en su poder, 6' Si Liberani y C" están encargados por Omarini para recibir de Bustos y Lopez á cuenta de aquella cantidad una suma proporcional á la que percibieran por el acarreo de maderas que hacen á la casa de Liberani y C°.
C. Que es cierto, 7" Si en esta forma amortizan la deuda los señores Bustos y Lopez.
C. Que escierto, estando casi todo descontado, 8' Si el pago hecho á Pavettu de 3200 pesos á cuen'a y órden de Lopez y Bustos consta en los libros de la casa P. Omariniy C.
C, Que si constaba.
III, Informe del Juez de Paz de Loreto: que los 10 carros y 40 mulas que se embargaron estaban en poder de los señores
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Año: 1890, CSJN Fallos: 39:221
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