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Fallos: 38:409 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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DE JUSTICIA NACIONAL 409 la cartera del vista Sr. Santiago el despacho N° 91608 y de la cartera del señor vista Parkinson el despacho N° 91607, inter el Sr. Administrador resuelva lo que crea justo en este sumario: tambien pide que en la declaracion quede constancia que esta fué hecha á las 11 1/2a.m. En lo que se ratificó y firmó.

Por Charles y Cia., Rorzone. — Cienfuegos.

Contaduria, Febrero 1° de 1889.

Sr. Administrador.

Examinados cun prolijidad los antecedentes que motivan este espediente, con los documentos ú la vista, resulta :

Que los Sres. Charles Hnos, y C° presentaron con fecha 27 de Dicimbre de 1888 tres despachos del vapor Meraclides entrado al puerto en Diciembre 26 de 1888 bajolos números 91007, 91608, y 91609. Estos tres manifistos pasaron á la oficina de vistas para la verificacion y aforo correspondientes.

El manifiesto número 91609 enel cual se declaró (90) noventa balijas de tela, badana y carton, fué entregada al vista .

Sr. Palacios, quien en cumplimiento de sn deber se trasladó al depúsito á los efectos del despacho. Una vez allí, hizo abrir (3) tres cajones, y en vez de balijas encontró perfumería, por lo que pasó un parte preventivo 4 esa administracion, que lleva fecha 18 del presente ú foja 4.

Con fecha 12 se dirijió nuevamente el Sr. Palacios al depósito acompañado del interesado úá objeto de verificar la mercadería y en presencia de este, resultó que todos los cajones contenían perfumería, de lo que dió cuenta en su nota de foja 2.

Estos son los hechos producidos y los que han dado lugar al sumario que se instruye. Ahora bien, Sr. Administrador, se trata de un hecho punible por nuestra legislacion aduanera, por

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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:409 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-38/pagina-409

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