Fallo del Juez Federal Salta, Mayo 25 de 1889.
Y vistos: Don Juan Plazaola en representacion de D. Antonio R Uguerruaga pide en el escrito de foja 158 la entrega total de la cantidad en que fué vendida la finea de « Las Pirens », fundándose en que por los términos de la boleta de foja 17, solamente se vendieron á Dávalos derechos y acciones sin mencionar superficie ni estension.
Y considerando que esta peticion es del todo contraria al auto ejecutoriado de foja 59, y á lo que esta misma parte dice en su escrito de foja 143, no ha lugar á lo que se solicita, con costas. Repóganse la fuja, Figueroa.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 15 de 1890, Vistos: Por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja ciento sesenta y dos vuelta. Repuestos los sellos, devuélvanse,
BENJAMIN VICTORICA, — C. S. DE
LA TORRE. — ABEL BAZAN.
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Año: 1889, CSJN Fallos: 38:272
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