te, sosteniendo que una casa situada en la Avenida Montes de Oca números 164 y 166 y que había sido embargada en ejecucion del Fisco contra D, Camilo Méric, como de propiedad de este, pertenecía á su representado en condominio con su hermana D'° Dolores KR, Fernandez, segun constaba de los títulos que se hallaban archivados en el Banco Hipotecario, Pidió que se levantara el embargo, condenándose al acreedor ejecutante á la indemnizacion de los perjuicios y pago de costas, A solicitud del demandante, informó el Escribano del Banco Hipotecario que existían en su Oficina los títulos de propiedad ú favor de D. Felipe P. Fernandez y de D" Dolores EE. de Fernandez, de la finca motivo de la tercería, Corrido traslado de estu, el ejecutado Méric se adhirió ú ella; y el Procurador Fiscal, espuso: Que en vista de lo certificado por el Escribano del Banco Hipotecario, era indudable que la finca embargada pertenecía ú Fernandez, y que el encargado por el Gobierno para denunciar bienes de los deudores había padecido un error, á conseruencia de falsos informes que le habían sido suministrados, Pidió que se ordenara el desen:bargo de la finca.
Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Agosto 26 de 1887, Y vistos estos autos promovidos por P. Felipe P. Fernandez, deduciendo tercería de dominio sobre la finca situada en la Avenida Montes de Oca señalada con los números 164 y 166, embargada ú solicitud del Fisco Nacional en ejecucion seguida contra D. Camilo Méric.
Atento: Que el tercerista ha comprobado por medio del cer— tificado corriente á foja 42, que la finca embargada 1° pertenc
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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:223
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