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Fallos: 36:116 de la CSJN Argentina - Año: 1889

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Caso. — D. Serafin Baserga espuso en 7 de Febrero de 1888 que D., José Igartúa había construido un pozo que no había terminado, por haber conseguido su objeto que era alegar derechos sobre la propiedad que acreditaban á su favor los títulos acompañados.

Que por esto venía ú entablar á la vez, el interdicto de obra nueva, y la accion de juetancia.

Por ese interdicto, y denunciada la obra en su terreno calle Corrientes N" 1430, dijo que pedía: 1" la suspension de aquella, y la citacion de Igartúa con su título de propiedad.

2" Que se ordenara á este, manifestase si se ratificaba en sus pretensiones, mandando en este caso que entablare demanda dentro de un término, y en caso contrario imponiéndole perpé= tuo silencio.

Citadas las partes 4 juicio verbal, Igartúa optuzo la excepción de cosa juzgada.

Dijo: que el había interpuesto contra Baserga un interdicto de recobrar la posesion ante el Juez de Paz de la 4° Seccion, por haber construido una pared en su terreno encerrándole el pozo cavado para su uso particular, y sacando una pila de ladrillos y puniéndolos en otro lugar; en cuyo interdicto se condenó por auto confirmado por la Cámara de Paz, á Baserga, ú restituir Ja posesion de la fraccion de terreno en la calle Corrientes N" 1430, cerea de Bermejo; que los autos se hallaban en la Cámara de Paz por una excepcion opuesta ú su demanda de daños y perjuicios procedentes de la usurpacion del terreno, y pidió se trajeran.

Que respecto del fondo de la cuestion, el terreno en que había cavado el pozo era de su propiedad, segun los títulos que acompañaba.

Baserga contestó que las dos acciones deducidas por él no habían sido juzgadas, habiéndose tratado de una mera posesion con un título impertinente.

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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:116 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-36/pagina-116

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