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Fallos: 347:752 de la CSJN Argentina - Año: 2024

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ACCIDENTES DEL TRABAJO
Es arbitraria la sentencia que actualizó el piso mínimo de la prestación dineraria de la ley de riesgos del trabajo con base en una resolución que no estaba vigente al momento del infortunio, sino con una que expresamente fue prevista para regir los siniestros acaecidos con una fecha posterior al infortunio, en tanto se apartó de la solución normativa aplicable a las circunstancias de la causa.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-. -El juez Rosatti, en disidencia, consideró inadmisible el recurso extraordinario art. 280 CPCCN )-.

RECURSO EXTRAORDINARIO
Los agravios que cuestionan la naturaleza profesional de la enfermedad, el baremo aplicado y las conclusiones de la pericia remiten a cuestiones fácticas y de derecho común y procesal, materia propia de los jueces de la causa y ajena a la instancia del artículo 14 de la ley 48; máxime cuando la sentencia se funda en argumentos no federales que, más allá de su grado de acierto, resultan suficientes para sustentarla e impiden su descalificación como acto judicial.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite

SENTENCIA ARBITRARIA
La doctrina de la arbitrariedad es de carácter excepcional y no tiene por objeto corregir fallos meramente equivocados, sino aquellos en los que las deficiencias lógicas del razonamiento o la total ausencia de fundamento normativo impiden considerar el decisorio como sentencia fundada en ley, a la que aluden los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:752 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-347/pagina-752

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