N.N. s/ INCIDENTE DE INCOMPETENCIA. DAMNIFICADO. TESTIMONIOS, CAUSA N" 83437/2018
COMPETENCIA
En la causa donde se denuncia el extravío de varias chequeras y que algunos de esos instrumentos habrían sido puestos en circulación, corresponde establecer que si no se determinó el lugar donde se produjo la falsedad instrumental, es el magistrado con jurisdicción sobre el domicilio de la entidad donde se presentó al cobro el documento apócrifo el que debe investigar la falsificación, así como la estafa que se habría intentado con su utilización, delitos que concurrirían en forma ideal.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-(°) °) Sentencia del 12 de noviembre de 2024. Ver fallo.
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1763
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