VILLEGAS, TITO c/ SOCIEDAD TIRO GIMNASIA y
ESGRIMA JUJUY s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Es arbitraria la sentencia que rechazó la demanda de usucapión con sustento en una nota aportada en copia por la demandada, en la cual la actora habría reconocido en otro la titularidad del inmueble controvertido, pues la certificación del prosecretario de cámara efcectuada a dicha nota solo dio fe de que la fotocopia respectiva coincidía con la copia de la nota que le fue exhibida, y no de su contenido o de las firmas insertas, dado que el documento no había sido extendido ni suscripto en su presencia, por lo cual carece de sustento el fundamento del tribunal en el sentido de que la actora omitió redargúir de falsedad el referido documento.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires 5 de noviembre de 2024.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el actor en la causa Villegas, Tito c/ Sociedad Tiro Gimnasia y Esgrima Jujuy s/ recurso de inconstitucionalidad", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1) Que el 30 de diciembre de 1998 la actora promovió demanda por usucapión, la que fue continuada después de su muerte por uno de sus hijos. Invocó que en 1942, junto a su esposo Domingo Villegas, tomó posesión de un terreno de 203 m2, localizado en una arteria ribereña al Río Chico o Xibi Xibi que atraviesa la ciudad de San Salvador de Jujuy, en donde construyó una humilde casa de madera, nacieron sus hijos y transcurrió toda su vida hasta su fallecimiento el 15 de julio de 2018.
2) Que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy rechazó, por mayoría, el recurso de inconstitucionalidad plan
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1757
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