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Fallos: 346:400 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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cripción Judicial de la Provincia de Misiones - Dr. José Antonio Reyes", falladas el 10 de septiembre de 2019 y el 2 de septiembre de 2021, respectivamente).

10) Que, por los motivos expresados, no puede ponerse fundadamente en tela de juicio que la magistrada fue imputada por cargos definidos, en base a conductas descriptas con suficiente precisión; pudo ejercer su derecho de defensa, efectuando su descargo sobre la base de los hechos concretos que le fueron imputados; su conducta fue evaluada y juzgada dentro de un plazo razonable; y fue destituida -con sustento en los mismos hechos- por el órgano en cuyas manos la Constitución de la Provincia de Corrientes puso el ejercicio exclusivo de dicha atribución, con una integración que no ofende garantía alguna de la Constitución Nacional, tras tener por acreditada la causal contemplada en el ordenamiento provincial por la cual la recurrente fue acusada y oída. Promovido el control judicial de dicho enjuiciamiento, la apelante no ha acreditado que la sentencia impugnada resulte arbitraria ni tampoco ha demostrado la ausencia de imparcialidad de los integrantes del Superior Tribunal de Justicia.

De ahí que, ausente la justificación por parte de la recurrente de haberse transgredido en forma nítida, inequívoca y concluyente las reglas estructurales del debido proceso, no hay materia federal que habilite la intervención de esta Corte en el marco de los rigurosos límites de su competencia que, para asuntos de esta naturaleza, le imponen los artículos 31, 116 y 117 de la Constitución Nacional, y el artículo 14 de la ley 48 (causas CSJ 32/2011 (47-B)/CS1 "Badano, Eduardo José s/ juicio político", sentencia del 14 de febrero de 2012, y sus citas; CSJ 425/2013 (49-R)/CS1 "Reuter, Javier Enrique s/ legajo de evaluación n° 10/09 CM", sentencia del 15 de mayo de 2014).

Por ello, se desestima la queja. Reintégrese el depósito por no corresponder. Notifíquese y, oportunamente, archívese.

Horacio RosATTI — CARLOs FERNANDO ROSENKRANTZ (según su voto) — JUAN CARLOS MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI (según su voto).

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:400 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-400

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