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Fallos: 346:1082 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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ellas se cometió otro delito, es a los tribunales de esta última a los que corresponde entender en la causa.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-(°)
MIERES, WALTER ALFREDO c/ SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VARIOS

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA
Es arbitraria la sentencia que examinó la validez de una norma que solo había sido mencionada por la demandada con el propósito de informar su dictado, pero que el actor no había cuestionado en su demanda, pues de esa forma decidió sobre cuestiones que claramente no integraban la litis ni habían sido objeto de debate durante el proceso; solución que tampoco podía verse amparada por el principio de iura novit curia, en tanto este no habilita a apartarse de lo que resulte de los términos de la demanda o de las defensas planteadas por los demandados.


EXCESO EN EL PRONUNCIAMIENTO
El pronunciamiento judicial que desconoce o acuerda derechos no debatidos en la causa es incompatible con las garantías de los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional, pues los jueces no pueden convertirse en intérpretes de la voluntad implícita de una de las partes sin alterar, de tal modo, el equilibrio procesal de los litigantes en desmedro de la parte contraria.


ADICIONAL NO REMUNERATIVO
La voluntad legislativa de otorgar idéntico trato al régimen de remuneraciones del Servicio Penitenciario Federal y de la Policía Federal, que surge de la inteligencia asignada al artículo 95 de la ley 20.416, justifica dejar de lado la solución establecida en "Machado" (Fallos: 325:2171 ) y °) Sentencia del 26 de septiembre de 2023. Ver fallo.

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1082 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-1082

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