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Fallos: 346:1084 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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mentos en ellos creados. Para así decidir remitió a lo decidido por esta Corte en los precedentes "Ramírez" (Fallos: 335:2275 ), "Ibáñez Cejas" Fallos: 336:607 ) y "Spitale" (Fallos: 327:3721 ).

3 Que la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y, en consecuencia, confirmó la sentencia de grado, con los alcances y especificaciones fijados por esta Corte en los fallos "Salas" y "Zanotti" respecto al "adicional transitorio" creado por el decreto 1275/2005 y sus actualizaciones (decretos 1223/2006, 861/2007, 872/2007, 884/2008 y 752/2009) hasta su derogación, con más los intereses condenados por el a quo. Además, resolvió que se debía reconocer al actor, con carácter remunerativo y bonificable, la compensación "Por Apoyo Operativo" y, con carácter remunerativo y no bonificable las compensaciones por "Gastos por Prestación de Servicio" y "Fijación de Domicilio", todas ellas instituidas por el decreto 243/2015.

4) Que, contra esa decisión, la demandada interpuso el recurso extraordinario federal, que fue concedido por el a quo por encontrarse en juego la interpretación de normas federales y denegado en cuanto se planteó la arbitrariedad de la sentencia.

En su recurso el Estado Nacional cuestiona la sentencia por considerar que efectuó una errónea caracterización de los suplementos creados por el decreto 2807/1993 y sus adicionales transitorios, así como por haber fallado ultra petita, al examinar la validez de los suplementos creados por el decreto 243/2015.

En lo que se refiere a este último decreto aduce que la pretensión de los actores tuvo por objeto exclusivamente cuestionar el carácter no remunerativo y no bonificable del régimen salarial establecido en el decreto 2807/1993 y sus actualizaciones y nada dijo respecto de los suplementos establecidos en el decreto 243/2015.

También cuestiona el fallo por considerar que los alcances que se asigna a los suplementos establecidos en el mencionado decreto 243/2015 no se ajustan a lo establecido en la normativa aplicable al personal del Servicio Penitenciario Federal.

5) Que el recurso extraordinario resulta formalmente procedente puesto que se ha cuestionado la inteligencia otorgada por el superior tribunal de la causa a normas de carácter federal, como lo son los de

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:1084 
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