CONFLICTO DE COMPETENCIA
Los conflictos de competencia suscitados entre los magistrados nacionales ordinarios y los federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben ser resueltos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
PAZ, CARLOS RAÚL s/ INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
CONFLICTO DE COMPETENCIA
Es competente la justicia provincial para entender en la causa en la que se investiga una supuesta defraudación por la venta de terrenos pertenecientes a Ferrocarriles Argentinos, pues más allá de la titularidad estatal de los terrenos, no se advierte el perjuicio que los hechos habrían ocasionado a los bienes de la Nación, o al buen desempeño de sus instituciones o de sus empleados, por lo que, desde el punto de vista material, el caso escapa a la jurisdicción excepcional, de consabido carácter limitado y de aplicación restrictiva.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-(°)
CONFLICTO DE COMPETENCIA
Es competente la justicia provincial para entender en la causa que la que se investiga una supuesta defraudación por la venta de terrenos pertenecientes a Ferrocarriles Argentinos, pues es incuestionable que el primer documento donde se habría hecho valer un poder general inválido e instrumentado la falsa entrega de posesión de los terrenos en perjuicio de los intereses del denunciante, habría sido otorgado en una escribanía de la Provincia de Buenos Aires, configurándose así lo que sería el ardid propio de la estafa y el principio de ejecución de la maniobra, consumada luego con la disposición patrimonial.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite) Sentencia del 12 de julio de 2022. Ver en https://sj.esin.gov.ar/homeSJ/.
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:604
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