ASOCIACIÓN DeL PERSONAL DE ORGANISMOS pe
CONTROL - APOC c/ TRIBUNAL DE CUENTAS pE LA
PROVINCIA DE MISIONES s/ ACCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
SINDICATO
Es arbitraria la sentencia que resolvió que el sindicato actor carecía de autorización para representar a los afiliados por cuanto de las respectivas actas poder acompañadas surgía que ellos habían prestado consentimiento para ser representados en sede judicial a fin de obtener la liquidación del adicional por antiguedad y no la correspondiente a otros conceptos -compensación funcional y pasajes-, reclamados en la demanda, pues ella se sustentó solo en ciertos pasajes de las actas acompañadas, ignorando otras de sus partes que resultaban relevantes a los fines de decidir la legitimación de la actora, incurriendo en un injustificado rigor formal que comportó una valoración de las constancias de la causa contraria al principio in dubio pro actione, que resulta rector en materia de acceso a la justicia.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2022.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Asociación del Personal de Organismos de Control - APOC c/ Tribunal de Cuentas de la Provincia de Misiones s/ acción contencioso administrativa", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1 Que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones rechazó -por mayoría- la acción contencioso administrativa interpuesta por la Asociación del Personal de Organismos de Control A.PO.C) a fin de obtener la declaración de nulidad de las resoluciones 81/2011 y 145/2011 -dictadas por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Misiones- y que, en consecuencia, se reconociera a los agentes públicos afiliados al sindicato, los adicionales por "Compensación Funcional" y "Pasajes".
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:1470
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-345/pagina-1470
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