CENTRAL PUERTO S.A. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA
DE S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
COMPETENCIA ORIGINARIA DE LA CORTE SUPREMA
Si bien la determinación de las órbitas de competencia entre los poderes del gobierno federal y los del Estado provincial se cuenta entre una de las más trascendentes funciones jurisdiccionales que ejerce la Corte por vía de su instancia originaria, su ejercicio mediante la acción declarativa de inconstitucionalidad requiere de la existencia de un caso o controversia, en los términos del art. 2" de la ley 27.
ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA
El requerimiento por parte de la provincia dirigido a la percepción del impuesto a los ingresos brutos que se estima adeudado traduce un interés serio y suficiente para obtener la declaración de certeza pretendida por la empresa actora, en tanto no se trata de una mera indagación o consulta, sino que la conducta apuntada responden a la presencia de un caso o causa que determina la intervención de la Corte.
HECHO IMPONIBLE
Si el hecho imponible es un hecho productor de efectos jurídicos por voluntad de la ley; el núcleo central es el presupuesto de hecho al cual la ley vincula el nacimiento de la relación tributaria en sus aspectos sustanciales, de acuerdo a los distintos momentos y criterios de vinculación.
HECHO IMPONIBLE
El gravamen no se aplica en abstracto sino sobre actos y operaciones realizados en ejercicio de cualquier actividad de las que la ley enuncia como hecho generador del impuesto, es decir, las acciones o actos materiales que traducen tal ejercicio.
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:936
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