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Fallos: 344:741 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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VoTo DEL SEÑOR PRESIDENTE Doctor Don CARLos FERNANDO

ROSENKRANTZ
Considerando:

Que el infrascripto adhiere al voto de la mayoría con exclusión del segundo párrafo del considerando 5".

Por ello, oído el señor Procurador Fiscal, se hace lugar a la queja, se declara parcialmente procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con el alcance indicado. Con costas en el orden causado. Reintégrese el depósito obrante a fs. 42. Agréguese la queja al principal y vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Notifíquese y, oportunamente, remítase.


CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
Recurso de queja interpuesto por Federación Patronal Seguros S.A., demandada en autos, representada por el Dr. Emilio Julio Cárrega.

Tribunal de origen: Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo 173.


VALOTTA, MARÍA CONCEPCIÓN c/ GALENO

ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ ACCIDENTE
— LEY ESPECIAL
ACCIDENTES DEL TRABAJO
Es arbitraria la sentencia que, con fundamentos en el derecho civil, condenó a la ART a la reparación integral de los daños que dijo padecer la actora como consecuencia de las labores de enfermería, pues las constancias de la causa no autorizan a concluir que la actora demostró los incumplimientos que le endilgó a la demandada y que constituirían el sustento de su responsabilidad civil, sino por el contrario, la prueba reunida conduce a tener por satisfechas las obligaciones de control impuestos por la ley.

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:741 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-741

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