FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de febrero de 2021.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Federación Patronal Seguros S.A. en la causa Montiel, Víctor Salvador c/ Colialco S.A.
y otros s/ accidente — acción civil", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1 Que el 17 de noviembre de 2017 la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, al revocar parcialmente el fallo de la instancia anterior, en lo que interesa, rechazó la acción civil interpuesta por Víctor Salvador Montiel contra Federación Patronal ART S.A.
Para así decidir entendió que la demanda entablada contra la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) resultaba subsidiaria, limitada al cumplimiento de la ley 24.557 (Ley de Riesgos del Trabajo; LRT) y condicionada a que no prosperara su reclamo de reparación integral dirigido contra la empleadora, el que había sido admitido (fs. 849/851 de los autos principales a cuya foliatura se hará referencia en lo sucesivo).
2) Que, con posterioridad, el 21 de diciembre de 2017, el tribunal de alzada dictó un nuevo pronunciamiento en el que consideró que en su anterior decisión había efectuado una evaluación parcial del objeto de la demanda y omitido tratar la responsabilidad civil de la ART por el accidente motivo de la acción, fundada en el art. 1074 del entonces vigente Código Civil por incumplimiento de los deberes de prevención que le imponen los arts. 4° y 31 de la LRT. En el entendimiento de que la aseguradora no había acreditado el cumplimiento de tales cargas, hizo uso de la facultad que le acuerda el art. 99 de la ley 18.345 para suplir de oficio cualquier omisión en que hubiere incurrido respecto de alguna de las pretensiones deducidas y discutidas por las partes dentro de los tres días siguientes a aquel en que dictó la resolución, y, en atención a que la anterior decisión no había sido notificada a los contendientes, corrigió su fallo anterior en cuanto revocaba, en ese aspecto, lo resuelto en primera instancia (. fs. 852/853).
3 Que contra dicha decisión Federación Patronal Seguros S.A. dedujo el recurso extraordinario (fs. 874/3879), cuya denegación originó la presente queja.
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:63
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