RECURSO EXTRAORDINARIO
Si bien el planteo remite al examen de cuestiones de hecho y a la interpretación y aplicación de normas de carácter procesal provincial, privativas de la justicia local y ajenas como regla y por su naturaleza a la instancia federal, se configura un claro supuesto de arbitrariedad normativa que habilita la consideración de los agravios por la vía extraordinaria, en la medida que lo resuelto encuentra fundamento en una exégesis inadecuada de la norma aplicable que la desvirtúa y torna inoperante, extremo que se traduce en una restricción intrínseca del derecho de defensa por privar de un legítimo medio procesal de impugnación ante la justicia.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó la queja deducida por el querellante por recurso de casación denegado, oportunamente interpuesto contra la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal que declaró erróneamente concedida la apelación contra el sobreseimiento de R A en orden al delito de homicidio agravado por el vínculo conyugal, por ensañamiento y mediando violencia de género.
Contra esa decisión interpuso recurso extraordinario el querellante que fue declarado inoficioso por el incumplimiento de los recaudos establecidos en el artículo 3° úncisos b, d y e) de la Acordada 4/2007 y dio origen a la presente queja (fs. 45/53, 54/55 y 57/61).
II-
Surge de las actuaciones que la juez procesó a A por el delito de homicidio triplemente agravado, por el vínculo conyugal, por ensañamiento y mediando violencia de género. Su defensa apeló la decisión, que fue revocada por la cámara (resolución n" 345). Devueltas las actuaciones, la magistrada dictó el sobreseimiento del nombrado a tenor del artículo 336, inciso 3", del código procesal de la provincia y dispuso, como medida de seguridad, su alojamiento con tratamiento médico en
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2769
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