HABEAS CORPUS
Dada la especial naturaleza del procedimiento de hábeas corpus, no corresponde extremar las exigencias formales para la procedencia del recurso extraordinario federal, de modo que con la misma flexibilidad debería ser analizada la admisibilidad de los recursos de casación interpuestos para impugnar decisiones en materia de hábeas corpus, con la finalidad última de asegurar un recurso efectivo para el amparo de los derechos fundamentales que dicha garantía está llamada a tutelar.
HABEAS CORPUS
Toda vez que la proliferación de acciones colectivas con idénticos o similares objetos que provienen de diferentes tribunales acarrean, entre otras consecuencias perniciosas, un dispendio jurisdiccional innecesario, el tribunal de casación debería haber indagado acerca de la posible dispersión de procesos colectivos de hábeas corpus con objetos parcialmente análogos y la posibilidad de integrarlos para que continúen siendo sustanciados ante un mismo órgano judicial, en el ejercicio de sus potestades propias de ordenación del proceso con el fin de evitar el injustificable dispendio de esfuerzo de todas las partes involucradas.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de octubre de 2021.
Vistos los autos: "Antonio, Juan Ariel y otros s/ legajo de casación".
Considerando:
19) Que un grupo de dieciocho hombres privados de la libertad alojados en la Unidad Residencial IV del Complejo Penitenciario Federal de Marcos Paz, acompañados por la Procuración Penitenciaria de la Nación, interpusieron una acción de hábeas corpus de incidencia colectiva en representación del resto de los sujetos detenidos en esa unidad carcelaria que cursan estudios universitarios en el Centro Universitario Devoto, con sede en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:2660
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