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Fallos: 344:1747 de la CSJN Argentina - Año: 2021

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solventar el fármaco prescripto, dados sus escasos ingresos económicos, y el elevado costo de la medicación (Disidencia del juez Rosatti).

Del dictamen de la Procuración General al que la disidencia remite

OBRAS SOCIALES
La sentencia que obligó a la obra social a afrontar el 100 de la cobertura del remedio prescripto no es arbitraria, pues la obra social demandada no aportó información relativa a su compromiso patrimonial, no explicó las consecuencias que produciría la condena en su estructura financiera, su equilibrio presupuestario o la atención particular de otros afiliados isidencia del juez Rosatti).

Del dictamen de la Procuración General al que la disidencia remite

OBRAS SOCIALES
La sentencia que obligó a la obra social a afrontar el 100 de la cobertura del remedio prescripto no es arbitraria, toda vez que la demandada, con respecto a la indicación médica sobre el tratamiento en cuestión, no controvirtió su eficacia ni mencionó la existencia de otros medicamentos alternativos u otras prácticas de menor costo que produjeren similares resultados sobre la patología de la actora (Disidencia del juez Rosatti).

Del dictamen de la Procuración General al que la disidencia remite

SENTENCIA ARBITRARIA
La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia ordinaria, sino que procura cubrir supuestos excepcionales, en los que groseras deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo impiden considerar al fallo una sentencia fundada en ley (Disidencia del juez Rosatti).

Del dictamen de la Procuración General al que la disidencia remite

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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:1747 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-344/pagina-1747

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