RESPONSABILIDAD MEDICA
Debe dejarse sin efecto la sentencia que admitió la demanda incoada contra el médico y el establecimiento asistencial por los perjuicios derivados de las graves secuelas con que ha quedado la hija de los actores con motivo de la atención médica brindada durante el parto, toda vez que la perito respondió negativamente al ser interrogada acerca de la posibilidad de que hubiera existido abandono del paciente, falta de recaudo en las precauciones médicas para evitar el daño, falta de control del personal médico y de la obstétrica en la evolución del caso o incumplimiento de elementales principios del arte obstétrico (Disidencia de la jueza Highton de Nolasco).
RESPONSABILIDAD MEDICA
La sentencia que admitió la demanda incoada contra el médico y el establecimiento asistencial por los perjuicios derivados de las graves secuelas con que ha quedado la hija de los actores con motivo de la atención médica brindada durante el parto debe ser dejada sin efecto, pues el médico legista concluyó que muy probablemente la encefalopatía hipóxica isquémica padecida por la niña, pudo ser provocada por la hipoxia perinatal ocasionada como consecuencia de la hipertonía uterina y la circular ajustada en cuello, elementos independientes del accionar médico Disidencia de la jueza Highton de Nolasco).
RESPONSABILIDAD MEDICA
Debe dejarse sin efecto la sentencia que admitió la demanda incoada contra el médico y el establecimiento asistencial por los perjuicios derivados de las graves secuelas con que ha quedado la hija de los actores con motivo de la atención médica brindada durante el parto, pues no ha quedado acreditado en la causa que la conducta adoptada por el galeno haya resultado errónea o que las circunstancias del caso hubieran requerido un actuar más diligente a fin de evitar o minimizar las secuelas con que ha quedado la hija de los actores (Disidencia de la jueza Highton de Nolasco).
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:922
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