FIDEICOMISO SANTA TERESA c/ DIRECCIÓN GENERAL
IMPOSITIVA y OTRO s/ RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
SENTENCIA ARBITRARIA
La sentencia que revocó la resolución dictada por el Fisco Nacional por la cual se había determinado de oficio el impuesto a la ganancia mínima presunta fundada en el peritaje contable realizado en el beneficio de litigar sin gastos es arbitraria, pues la finalidad de dicha prueba contable apuntaba a demostrar que la actora carecía de los medios económicos para afrontar el pago de la tasa de actuación que le ocasionaba el litigio, pero que de ningún modo intentó probar la ausencia de capacidad contributiva en los términos del precedente "Hermitage".
Los jueces Rosenkrantz y Highton de Nolasco, en disidencia, consideraron que el recurso era inadmisible (art. 280 CPCCN )
SENTENCIA ARBITRARIA
La sentencia que revocó la resolución dictada por el Fisco Nacional por la cual se había determinado de oficio el impuesto a la ganancia mínima presunta fundada en el peritaje contable realizado en el beneficio de litigar sin gastos es arbitraria, toda vez que tal medida probatoria resulta insuficiente para realizar una comprobación fehaciente de que la renta presumida por la ley - art. 1° de la ley 25.063 que estableció el impuesto a la ganancia mínima presunta-, lisa y llanamente, no ha existido.
Los jueces Rosenkrantz y Highton de Nolasco, en disidencia, consideraron que el recurso era inadmisible (art. 280 CPCCN )
RECURSO EXTRAORDINARIO
Si bien los agravios del recurrente remiten al examen de temas de hecho, prueba y derecho común y procesal que, en principio, no habilitan la vía del art. 14 de la ley 48, corresponde hacer excepción a esa regla cuando la sentencia presenta gruesas anomalías y carencia decisiva de fundamentación, pues el a quo ha sustentado lo resuelto en afirmaciones dogmáticas que no se corresponden a las particularidades que presenta el caso, apreciadas en su conjunto.
Los jueces Rosenkrantz y Highton de Nolasco, en disidencia, consideraron que el recurso era inadmisible (art. 280 CPCCN )
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:840
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