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Fallos: 343:476 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 25 de junio de 2020.

Autos y Vistos:

En atención al estado de las presentes actuaciones se resuelve:

1) Habilitar días y horas inhábiles del día de la fecha exclusivamente alos fines del dictado de la presente sentencia.

2) De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, declarar que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Federal de Primera Instancia de Tartagal, sin perjuicio de lo cual, remítase la causa a la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, a fin de que resuelva la apelación pendiente. Hágase saber a la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Que el juez Lorenzetti suscribe la presente en la localidad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, y el juez Rosatti lo hace en la localidad de Santa Fe, provincia homónima, en virtud de las medidas de aislamiento social preventivas dispuestas por las autoridades nacionales.


ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN CARLOS MAQUEDA — RICARDO
Luis LorRENZETTI — HORrAciO ROsATtt.


BAUER, RUBÉN ALBERTO c/ ASOCIART SA ART

ACCIDENTES DEL TRABAJO
Es arbitraria la sentencia que ordenó el reajuste del capital de condena mediante el índice RIPTE, limitándose a señalar el ínfimo monto que arrojaban las tarifas resarcitoria, si no explicó en sus fundamentos por qué las tarifas del régimen especial de reparación de los accidentes de

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:476 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-476

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