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Fallos: 343:47 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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arreglo al presente. Agréguese la queja al principal. Notifíquese y, oportunamente, remítase.


JUAN CARLOS MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI.

DISIDENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE Doctor Don CARLos FERNANDO
ROSENKRANTZ
Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

Por ello, habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal, se desestima la presentación directa. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese.


CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
Recurso de queja interpuesto por la Alianza Frente Patriota Bandera Vecinal, representada por los Dres. Alejandro César Biondini y Alfredo Enrique Reto, en su calidad de apoderados.

Tribunal de origen: Cámara Nacional Electoral.


RODRÍGUEZ, JUAN EMANUEL y OTRO s/ INFRACCIÓN
LEY 23.737

RECURSO EXTRAORDINARIO
La decisión apelada, en tanto restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa, debe equipararse a una sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 48, toda vez que podría ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un de

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:47 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-47

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