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Fallos: 343:433 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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de Buenos Aires; ello con apoyo en el carácter meramente transitorio de los tribunales ordinarios con asiento en la Capital Federal y en el reconocimiento constitucional de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires (art. 129 de la Constitución Nacional y ley 24.588), así como en la competencia ordinaria que ejercen sus tribunales.


JURISDICCION Y COMPETENCIA
En virtud de la ruptura de la equiparación entre jueces nacionales ordinarios y jueces federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires derivada del precedente "Nisman" debe abandonarse el criterio jurisprudencial, según el cual el fuero civil nacional ordinario resulta competente para entender en los reclamos por responsabilidad de profesionales médicos, en aquellos supuestos en los que uno de los codemandados debiese litigar en el fuero federal.


JURISDICCION Y COMPETENCIA
La atribución de competencia al fuero de excepción en las causas sobre daños y perjuicios en las que el PAMI es demandado encuentra su fundamento en el carácter de entidad de derecho público con personalidad jurídica e individualidad financiera y administrativa.


CONFLICTO DE COMPETENCIA
El órgano legalmente facultado para dirimir la contienda de competencia suscitada entre un Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y un Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con arreglo a lo previsto en el art. 24, inciso 7 mo del decreto-ley 1285/58, es la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, la cual reviste la calidad de tribunal de alzada del juez que primero conoció (Disidencia de los jueces Rosenkrantz y Highton de Nolasco).

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:433 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-433

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