ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS PROVINCIALES
No resulta admisible el agravio relativo a la incompetencia del presidente del superior tribunal de justicia provincial para integrar el jurado de enjuiciamiento si la objeción se basa en una subjetiva interpretación de las normas de derecho local que regulan el funcionamiento de sus órganos judiciales, pero no se hace cargo de la sólida argumentación que desarrolló el tribunal a quo para desechar el planteo.
ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS PROVINCIALES
Son inadmisibles los agravios relativos al exiguo plazo que tuvo el acusado para impugnar la prueba, ya que el ex fiscal insiste en sostener dogmáticamente en que no le dieron tiempo suficiente para controlar en detalle la prueba instrumental agregada durante el debate, pero en modo alguno demuestra la concreta incidencia que esa supuesta restricción generó sobre el apropiado ejercicio de su garantía de defensa, en ordena acreditar que si se le hubiera otorgado un plazo de mayor extensión podría haber refutado fundadamente el contenido de los informes, atribuyéndoles falsedad o error, y de ese modo convencer de que el resultado del enjuiciamiento hubiera sido de un resultado diverso a la destitución decidida.
JUICIO POLITICO
La valoración de los aspectos sustanciales del proceso de enjuiciamiento -la subsunción de los hechos en las causales de destitución, la apreciación de los extremos fácticos, la valoración de la prueba, y la calificación de la conducta- no son cuestiones federales aptas para ser examinadas por los jueces, pues el órgano judicial no debe sustituir el criterio de quienes, por imperio de la ley, están encargados en forma excluyente del juicio de responsabilidad política del magistrado.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de mayo de 2019.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Lloyd Jorge Wickstrom en la causa Wickstrom, Lloyd Jorge s/ recurso de casación e
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:905
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