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Fallos: 342:885 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de Morón, delegado para la ejecución de la sentencia de la Corte Suprema en el caso "Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios - daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza Riachuelo", rechazó la solicitud de relocalización realizada por el Defensor General Adjunto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en representación de un grupo de vecinos del asentamiento Lamadrid del barrio de la Boca y por el Defensor Público Oficial en representación de los niños, niñas y adolescentes de ese asentamiento (fs. 114).

Relató que la petición de esos habitantes de la cuenca Matanza Riachuelo consiste en que se ordene al Instituto de la Vivienda de esa ciudad y a la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) que presenten una propuesta de relocalización que sea alternativa al crédito ofrecido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que respete los términos de la ley local 2.240.

El magistrado rechazó la pretensión sobre la base de que. la relocalización de ese barrio se encuentra enmarcada en el Convenio Marco para el Cumplimiento del Plan de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios en Riesgo Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo Segunda y Última Etapa del año 2010 (en adelante, Convenio Marco 2010). Apuntó que, por ello, la relocalización se rige por las pautas allí previstas y no por la ley 2.240. Entendió que, en ese contexto, son válidas las opciones crediticias brindadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el momento.

II-
Contra ese pronunciamiento, el Defensor Público Oficial interpuso recurso extraordinario (fs. 148/165), cuyo rechazo (fs. 414/415 vta.) motivó la presente queja (fs. 125/129 vta. del cuaderno de queja).

En primer lugar, alega que se encuentra legitimado para actuar como representante promiscuo de los niños, niñas y adolescentes que habitan en el asentamiento Lamadrid en los términos de los artículos 59 del Código Civil y Comercial, y 54 de la Ley Orgánica del Ministerio

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:885 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-885

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