Recurso extraordinario interpuesto por la Municipalidad de La Matanza, representada por los Dres. Fernando Javier Marcos y Ximena Sergi Galante.
Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Tribunal que intervino con anterioridad: Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Martín, Provincia de Buenos Aires.
PAQUEZ, JOSE c/ GOOGLE INC. s/ MEDIDAS PRECAUTORIAS
CUESTION FEDERAL
Es admisible el recurso extraordinario si la sentencia apelada resulta equiparable a una resolución definitiva, pues dadas las características de la medida cautelar ordenada y la importancia del derecho en juego, la decisión causa a la demandada un agravio que no podrá ser adecuadamente reparado -en caso de así corresponder- por el fallo que sobre el fondo de la cuestión se dicte en la causa; y los agravios de la recurrente remiten a la interpretación de normas de carácter federal y contienen objeciones dirigidas a demostrar que la decisión impugnada resulta arbitraria por no configurar una derivación razonada del derecho vigente en relación a las circunstancias fácticas acreditadas en el expediente.
INTERNET
La orden dispuesta sobre un buscador de internet de eliminar provisoriamente determinadas sugerencias de búsqueda, cesar en la difusión de ciertas direcciones vinculadas al nombre del actor y eliminar contenidos almacenados, implica un acto de censura que interrumpe el proceso comunicacional, pues al vedar cautelarmente el acceso a dicha información impide la concreción del acto de comunicación -0 al menos, dada la importancia que reviste Google como motor de búsqueda, lo dificulta sobremanera-, con independencia de que en relación a sus potenciales receptores sea su primera manifestación o su repetición.
Compartir
85Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2019, CSJN Fallos: 342:2187
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-2187¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 342 Volumen: 2 en el número: 897 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
