SUPERMERCADOS MAYORISTAS YAGUAR S.A. c/
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA s/ RECURSO DIRECTO DE
ORGANISMO EXTERNO
EXPRESION DE AGRAVIOS
El vencedor en el juicio no está obligado a apelar los fundamentos del fallo que lo favorece pero puede en la alzada mantener sus argumentos o defensas desechados en la instancia anterior, al momento de contestar los agravios de su contraria.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
OMISION EN EL PRONUNCIAMIENTO
Es arbitraria la sentencia que revocó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación que había dejado sin efecto la determinación de oficio y omitió el tratamiento de cuestiones mantenidas por la actora al contestar los agravios de su contraria relativas a la inconstitucionalidad del impuesto y a la prescripción de las acciones y poderes del Fisco, lesionando así ostensiblemente su derecho de defensa y la garantía del debido proceso.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T-
A fs. 338/342 de los autos principales (a los que se referirán las siguientes citas), la Sala Ide la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que, oportunamente, había dejado sin efecto la determinación de oficio practicada a la actora en el impuesto sobre los débitos y créditos bancarios por los periodos enero de 2004 a diciembre de 2005.
Para así decidir, el a quo relató que la actividad declarada por el contribuyente era la venta al por mayor de productos en general
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:1492
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