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Fallos: 341:808 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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341 buen estado de mantenimiento y conservación. La puesta a disposición se hará por intermedio de la Subdirección de Gestión Interna y Habilitación, dependiente de la Secretaría General de Administración de esta Corte.

€) La Subdirección de Gestión Interna y Habilitación evaluará si el bien secuestrado puesto a disposición está en condiciones de ser afectado por esta Corte. Cumplido ello, el Presidente del Tribunal dictará una resolución que ordenará la afectación del bien y su tasación. Hasta la asignación del bien en los términos del inciso d), su mantenimiento y conservación continúa a cargo del magistrado interviniente.

d) El bien afectado podrá ser asignado provisoriamente para el uso del Poder Judicial de la Nación y de las fuerzas de seguridad, exclusivamente conforme a sus funciones y dentro del territorio nacional.

También podrá ser asignado provisoriamente en carácter de depositario judicial a entidades con fines de interés público, para el cumplimiento de sus objetivos específicos y uso dentro del territorio nacional, conforme a los requisitos que fije el Tribunal.

3) Disposiciones generales:

a) Los sujetos mencionados en el punto 2.d) de esta reglamentación, se harán cargo de los gastos de traslado, mantenimiento, conservación y aseguramiento con cláusula de todo riesgo del bien asignado, así como de todo otro requisito que se disponga según las particularidades del caso. Asimismo, notificarán a la dependencia respectiva de este Tribunal las medidas adoptadas a tal fin.

Si el bien es asignado a los tribunales inferiores, el trámite de la contratación del seguro será efectuado por sus titulares.

b) De mediar orden judicial que disponga la restitución de los bienes que hubieren sido asignados provisoriamente por el Tribunal, éste, a través de la dependencia correspondiente, adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento con ella, dejando debida constancia en la base de datos.

Si se tratara de depósitos acreditados por las instituciones bancarias en el marco de la ley 20.785, se reintegrarán con más los intereses que hubieran devengado cuando mediare una orden del juez de la causa.

€) Los magistrados intervinientes en las causas en las que se encuentran afectados automotores abandonados, perdidos, decomisados

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:808 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-808

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